El despido disciplinario cambia: No podrá ser inmediato. - Cruz Abogados & Gestores Administrativos
16418
page-template-default,page,page-id-16418,qi-blocks-1.3.5,qodef-gutenberg--no-touch,vcwb,ajax_fade,page_not_loaded,,vertical_menu_enabled,qode-content-sidebar-responsive,qode-theme-ver-14.1,qode-theme-bridge,wpb-js-composer js-comp-ver-5.4.7,vc_responsive
 

El despido disciplinario cambia: No podrá ser inmediato.

Un cambio clave en la normativa laboral

Si eres trabajador o empleador en España, toma nota porque esta sentencia lo cambia todo. Hasta ahora, un despido disciplinario podía ejecutarse de manera inmediata, pero el Tribunal Supremo (TS) ha decidido que, antes de despedir a alguien, hay que darle la oportunidad de defenderse.

El caso que sentó precedente

La sentencia del TS, dictada el 18 de noviembre de 2024, marca un antes y un después en la gestión de despidos disciplinarios. Todo comenzó con un caso real: un profesor fue despedido por presuntas conductas inapropiadas con sus alumnas. Sin embargo, su empleador no le ofreció la posibilidad de explicar su versión antes de comunicarle su despido.

Inicialmente, el Juzgado de lo Social dio la razón a la empresa, pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares declaró el despido improcedente por no haberle dado audiencia previa. La empresa apeló ante el TS y ahí es donde todo cambió.

Un giro en la doctrina del Tribunal Supremo

Hasta ahora, la normativa española no exigía en todos los casos un trámite de audiencia previa en despidos disciplinarios. Pero el TS ha cambiado su postura basándose en el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por España en 1985.

Este artículo establece de manera clara que ningún trabajador puede ser despedido sin haber tenido la posibilidad de defenderse de los cargos en su contra. Y lo más relevante: el TS ha determinado que esta norma es de aplicación directa en España, sin necesidad de modificaciones en la legislación interna.

¿Qué implica para las empresas?

Las implicaciones son importantes. A partir de ahora, cualquier empresa que quiera despedir a un trabajador por motivos disciplinarios deberá garantizar un trámite de audiencia previa. Esto significa:

  • Informar al trabajador de los cargos en su contra.
  • Darle la oportunidad de presentar su versión antes de tomar la decisión definitiva.

Si una empresa no cumple con este proceso, el despido podría ser declarado improcedente, con las consecuencias que ello conlleva: indemnizaciones, readmisión y un posible proceso judicial costoso.

¿Y qué pasa con los despidos previos a esta sentencia?

Tranquilidad. El TS ha aclarado que su nueva doctrina no tendrá efecto retroactivo. Es decir, los despidos realizados antes de esta sentencia no se verán afectados por este cambio de criterio.

Cada despido requiere un análisis particular

Cada despido es diferente y debe analizarse en detalle. Ahora más que nunca, las empresas deben revisar y ajustar sus protocolos para evitar problemas legales. Y los trabajadores deben conocer sus derechos para asegurarse de que se les respeta.

Este fallo supone un cambio significativo en las relaciones laborales en España. La clave ahora está en la prevención y en aplicar correctamente esta nueva exigencia. ¡Estén atentos, porque esto es solo el principio!

Abrir chat
Escanea el código
Hola
¿En qué podemos ayudarte?